AUXILIAR DE DESARROLLO RURAL

     

 

Se trata de un servicio público y gratuito que el Ayuntamiento pone a disposición de los vecinos de Burgohondo como una herramienta ágil y flexible para promocionar el desarrollo socio-económico del municipio.

Funciones:

  • Asesoramiento e información en materia de empleo
  • Información cursos de formación
  • Orientación laboral
  • Autoempleo
  • Creación de empresas
  • Solicitud de ayuda y subvenciones

     En nuestro empeño de acercarnos a todos los vecinos de una forma sencilla y accesible, queremos aprovechar este espacio virtual como herramienta informativa.

  Para facilitar el acceso a dicha información y asegurar una navegación rápida por la web, colgaremos documentación y enlaces relativos a aquellas subvenciones que creamos puedan resultar más relevantes para la población local en general, pudiendo haber otras subvenciones más específicas que no aparezcan aquí publicadas pero de las que les informaremos en la Oficina del Ayuntamiento. 

     Para ampliar cualquier información o realizar una consulta más personalizada si así lo solicitan:

E-mail: oficina@burgohondo.es

Teléfono: 920 28 30 13

   

AYUDAS Y SUBVENCIONES

Prestación por desempleo

 

 

  • EMPRENDEDORES Y PYMES
  1.  Fuentes de Financiación
  2. Tarifa plana para autónomos
  3. Formas jurídicas de constitución

 

A. FUENTES DE FINANCIACIÓN

  1. Ayudas del Instituto para la Competitividad Empresarial (ICE)

      C/ Segovia, 25 – C.P.: 05004 – Ávila

      Teléfono: 920 257 340

      Productos:

· Préstamos participativos

· Microcréditos ADE Emprendedores

· Préstamos del  Instituto para la Competitividad Empresarial

  1. Grupo de Acción Local para el Desarrollo Rural de Ávila ( ADERAVI): 

            Plaza de Santa Ana nº7, 4ª planta

            Teléfono: 676935335

            E-mail:  galaderavi@gmail.com

         Subvencionable: proyectos productivos  y no productivos

  1. Juventud Castilla y León :

    Microcréditos:

    Importe Máximo: 25.000 euros (con un máximo del 95% de la inversión)

           Circuito de concesión:

  • El solicitante presenta proyecto con plan de empresa.
  •  Oficina de Juventud asesora, entrevista y emite certificado de viabilidad.
  •  Oficina de Juventud dirige al solicitante a cualquier oficina de La Caixa.
  •  Oficina de la Caixa analiza la operación y emite un informe.
  •  Oficina de La Caixa remite operación a Microbank.
  •  Microbank aprueba o deniega la operación.
  •  Oficina de la Caixa informa al solicitante de la concesión o denegación.
  1. ICO Empresas :

Préstamos para empresas y emprendedores

        5.Capitalización de la prestación por desempleo:

        www.sepe.es

     Se trata de una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo a través del abono del valor actual del importe de la prestación por desempleo de nivel contributivo, para las personas beneficiarias de la misma que pretendan:

  • Incorporarse de forma estable como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales ya constituidas o constituirlas, aunque se haya mantenido un vínculo contractual previo con las mismas.
  • Desarrollar una actividad como trabajadores autónomos. No se incluirán en este supuesto, quienes se constituyan como trabajadores autónomos económicamente dependientes suscribiendo un contrato con una empresa con la que hubieran mantenido un vínculo contractual previo, inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo o perteneciente al mismo grupo empresarial de aquella.
  • Destinar el importe a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación, siempre y cuando se vaya a poseer el control efectivo de la sociedad, se vaya a ejercer en la misma una actividad profesional y se produzca un alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

   B. TARIFA PLANA PARA AUTÓNOMOS

Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

     A partir del 1 de enero de 2018, la tarifa plana pasará a durar 24 meses. Durante los primeros 12 meses, el autónomo se beneficiará de una bonificación del 80% sobre su base de cotización, es decir, podrá pagar 50 euros al mes de cuota, como trabajador por cuenta propia.  (En la legislación anterior tenía 6 meses de duración)

     Los 6 meses siguientes, se podrán beneficiar de una bonificación del 50%, lo que significa que la cuota se queda en 137,97 euros al mes.

     Los últimos 6 meses la bonificación del 30%, es decir, pagarán 192,79 euros al mes.

     En total  tendrá una duración de 24 meses.

     En el supuesto de que los trabajadores por cuenta propia sean menores de 30 años, o menores de 35 años en el caso de mujeres, y causen alta inicial o no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, podrán aplicarse, además de las reducciones y bonificaciones señaladas, una bonificación adicional equivalente al 30 por ciento, en los 12 meses siguientes. En este supuesto la duración máxima de las reducciones y bonificaciones será de 36 meses.

     Serán beneficiarios los nuevos autónomos y aquellos que se reincorporan al RETA después de dos años de inactividad como trabajador por cuenta propia (antes se pedían 5 años de inactividad).

 C. FORMAS JURÍDICAS DE CONSTITUCIÓN